Cardiología

¿Dan un grupo después de un infarto y cómo organizarlo?

Estoy seguro de que todos los cardiólogos se enfrentan regularmente a la siguiente pregunta: "¿Cómo registrar una discapacidad después de un infarto de miocardio y la colocación de un stent?" Y esto no es de extrañar, porque una persona que ha sufrido esta enfermedad ya no podrá llevar el estilo de vida antiguo, por lo que a menudo tiene que cambiar de profesión. Pero esto no siempre se considera una base suficiente para obtener beneficios. Tratemos de comprender esta cuestión bastante difícil y, en parte, burocrática.

¿Está la discapacidad justo después de un ataque cardíaco y la colocación de un stent?

El infarto de miocardio es una enfermedad grave, que se acompaña de isquemia y necrosis de una determinada parte de su músculo. Esta patología es irreversible: las células muertas no podrán recuperarse ni crecer nuevamente. Requiere un largo período de tratamiento y rehabilitación, que no siempre conducen a la reanudación del funcionamiento normal de los órganos. Por tanto, los pacientes tienen derecho a una discapacidad (permanente o temporal). Además, los pacientes a menudo necesitan cambiar de profesión, especialmente si sus actividades están asociadas con una producción nociva.

La colocación de un stent es una operación mínimamente invasiva realizada con un catéter especial, durante la cual se agranda una porción de la arteria coronaria para mejorar el suministro de sangre al miocardio.

Aunque esta intervención quirúrgica no abre el tórax y posteriormente no requiere mucho tiempo para la rehabilitación, sin embargo, después de ella, se puede emitir una discapacidad. Esto sucede no en relación con el hecho de la operación, sino más bien teniendo en cuenta la enfermedad, que requirió la intervención.

Criterios de decisión: lo que determina el veredicto

Llamo su atención sobre el hecho de que absolutamente todos los pacientes que han sufrido un infarto masivo tienen derecho a cuatro meses de rehabilitación remunerada según el certificado de incapacidad laboral. Solo al final de este período puede pensar en cómo obtener un grupo de discapacidad.

Basado en la experiencia, puedo decir que alrededor del 40-50% de los pacientes se recuperan bastante bien durante el último período de tratamiento y pueden comenzar sus deberes profesionales si su trabajo no está asociado con un aumento de la actividad física, pero hablaremos de esto más adelante. El resto de los pacientes, por recomendación del médico tratante, pueden ser examinados en comisión de expertos médicos y sociales para establecer el hecho de la discapacidad.

Este organismo evalúa al sujeto de acuerdo con los siguientes parámetros:

  • la posibilidad de autoservicio en la vida cotidiana;
  • la capacidad de volver a la profesión anterior;
  • educación del paciente;
  • indicadores generales de salud, que nos permitirán juzgar el grado de recuperación de la patología transferida.

Teniendo en cuenta lo anterior, la discapacidad con infarto de miocardio se otorga a personas que:

  • trabajo realizado, acompañado de estrés frecuente y que requiere mayor atención o actividad física excesiva;
  • ha alcanzado la edad de jubilación;
  • han sido sometidos a intervenciones quirúrgicas en vasos coronarios (injerto de derivación, colocación de stent, etc.);
  • tiene consecuencias de la enfermedad (insuficiencia cardíaca, angina de pecho inestable);
  • perdió la capacidad de trabajar en un 50% o más;
  • se sometió a rehabilitación durante más de 4 meses.

Debe comprender que incluso si pertenece a una de las categorías, esto no es garantía de asignar un grupo de discapacidad. Cada caso es considerado por la comisión de forma individual y se tienen en cuenta una gran cantidad de factores diferentes (patologías concomitantes, complicaciones).

Que grupo y en que caso se da

En total, hay tres grupos de discapacidad, uno u otro se forma no como resultado de un ataque cardíaco sufrido, sino en el contexto de las complicaciones que se desarrollaron después. El procedimiento de encuesta en MSEC es fijo. Decreto del Gobierno No. 95 (de 20 de febrero de 2006).

La tabla enumera los grupos y ejemplos de razones para obtenerlos.

Tercer grupo

Se asigna por 1-3 años si las funciones del corazón están levemente afectadas y el paciente, después del tratamiento y la rehabilitación, puede comenzar sus deberes laborales.

Segundo grupo

Dicho veredicto se emite en caso de presencia de las consecuencias de un infarto (arritmias malignas), cuando la recuperación del paciente es mala y no podrá regresar a su lugar de trabajo anterior, pero tendrá que cambiarlo. .

Primer grupo

Lo reciben los pacientes que no pueden servirse solos. Experimentan constantemente dolor, ataques de angina, etc.

Donde contactar

El procedimiento para el registro de la discapacidad comienza con una visita al médico, quien evaluará el grado de restauración de la función del sistema cardiovascular una vez finalizado el tratamiento. Si el especialista considera que su estado es satisfactorio, puede cerrar la baja por enfermedad y darle de alta. Además, el paciente tiene derecho a ponerse en contacto con el servicio de seguridad social.

La recogida de un paquete de documentos abre la recepción de una remisión a MSEC en el policlínico del lugar de residencia: formulario 088 / u-06. Después de eso, después de haber escrito una solicitud dirigida al jefe y adjuntando los originales y copias necesarios, puede ir a la oficina de exámenes. Allí se le asignará la fecha del examen, en el que la comisión decidirá sobre la presencia o ausencia de signos de discapacidad. El veredicto se suele comunicar de forma oral y se emite una opinión por escrito.

Asesoramiento de expertos

Para evitar falsas esperanzas y perder tiempo en papeleo, primero hable con su médico sobre sus posibilidades de tener una discapacidad. Solo él ve la dinámica del proceso de rehabilitación, y también tiene la experiencia necesaria en este asunto.

Llamo su atención sobre el hecho de que los miembros de MSEC tienen derecho a solicitar investigaciones adicionales e invitar a especialistas limitados para aclarar la condición del paciente. El paciente puede hacer lo mismo, pero deberá pagarlo usted mismo.

Lista de documentos

Para este trámite, necesitará los siguientes documentos:

  • El pasaporte;
  • remisión a MSEC (modelo 088 / u-06), emitida por el cardiólogo o la seguridad social a cargo;
  • tarjeta de paciente de la clínica ambulatoria, alta del hospital y otra documentación médica, que confirma completamente el diagnóstico y describe el estado de salud del paciente;
  • una declaración escrita al director de la oficina de examen;
  • una copia del libro de trabajo, certificada por los sellos de la organización en la que trabaja el paciente;
  • una descripción detallada de las condiciones laborales del lugar de trabajo y una lista de las funciones del paciente;
  • si está disponible, se adjunta una póliza de seguro de pensión.

Razones legales para la denegación

Tenga en cuenta que MSEC puede negarse legalmente a obtener una discapacidad. Esto sucede si:

  • el tratamiento y la rehabilitación del paciente se llevaron a cabo en una medida suficiente, lo que evita la posibilidad de recaídas o complicaciones;
  • el paciente es completamente capaz de trabajar y puede servirse completamente a sí mismo de forma independiente;
  • La especialidad del atestiguado no requiere un estrés psicoemocional significativo, concentración o cambio de lugar de trabajo.

En caso de rechazo, el paciente tiene derecho a volver a solicitar el examen a la oficina de examen de la misma manera. Si, después de eso, no se asigna el grupo de discapacidad, puede presentar documentos al organismo federal MSEC y luego al tribunal.

Profesiones que quedan prohibidas tras sufrir un infarto de miocardio

Tras sufrir un infarto de miocardio, existe un grupo de profesiones que no son recomendables para los pacientes, ya que aumentan el riesgo de recurrencia de la enfermedad o la aparición de sus complicaciones.Éstas incluyen:

  • trabajo relacionado con la actividad física prolongada (caminar, estar de pie): vendedores, mensajeros, carteros;
  • actividad laboral en aerolíneas - auxiliares de vuelo, pilotos, auxiliares de vuelo;
  • especialidades que requieren la tensión de las funciones cognitivas (atención, pensamiento): conductores, operadores de grúas;
  • Profesiones que involucran turnos nocturnos, horario diario.

También habrá un cambio de lugar de trabajo para quienes estuvieron asociados a condiciones peligrosas de producción (metalurgia, minería, etc.), de manera rotativa, ubicados a distancia de los asentamientos.

Caso clínico

El paciente G., de 55 años, ingresa en urgencias con quejas de dolores intensos y ardientes detrás del esternón, que irradian a la mandíbula inferior y al brazo izquierdo, así como miedo a la muerte. La ingesta de nitroglicerina no redujo el malestar. Historia: angina de esfuerzo, diagnosticada hace 5 años, tomó la terapia prescrita de forma irregular. Objetivamente: piel pálida, hiperhidrosis, frecuencia cardíaca 100 latidos / min, disnea severa en reposo, cianosis del triángulo nasolabial, aparecieron ruidos cardíacos III y IV, PA 160/100 mm Hg. Diagnóstico preliminar: "Infarto de miocardio".

El diagnóstico se confirmó mediante: ECG dinámico, análisis de sangre para marcadores de infarto (troponinas T y I, CPK, MV-CPK), análisis de sangre clínicos y bioquímicos, Echo-KG. El paciente recibió: "Aktelize", "Aspirina-cardio", "Heparina", "Morfina", GIK, "Bisoprolol", "Erinit", "Preductal", "Quercetina".

Tras el tratamiento y un curso de rehabilitación de cuatro meses, el paciente aún presentaba hinchazón en las piernas, disnea en reposo y ataques de angina, por lo que se le derivó a MSEC. Después del procedimiento de examen, se le asignó un grupo de discapacidad II por un período de 1 año.